El gobernador bonaerense Axel Kicillof firmó el decreto 262/2020 DECRE-2020-07330342-GDEBA-GPBA   que permite instrumentar la excepción del aislamiento social, preventivo y obligatorio de las 11 actividades y servicios definidas por el Gobierno Nacional este sábado por la noche en el marco de la “cuarentena administrada”.

Sucede que, el artículo 3 de la Decisión Administrativa 524 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación le otorgó a la Provincia la responsabilidad resolver la implementación de las excepciones en los diferentes municipios.

El texto oficial también define la ruta administrativa que deberán seguir el centenar de intendentes de la provincia que la semana pasada solicitaron reactivar ciertos rubros en sus distritos. Los pedidos deberán ser por escrito y destinados a la Jefatura de Ministros bonaerense.

Además, se deberán acompañar las propuestas con los protocolos sanitarios y de funcionamiento de cada actividad que se pretenda implementar y “los procedimientos de fiscalización que se llevarán adelante para garantizar el cumplimiento de los protocolos”.

El decreto provincial también habilita a los intendentes a “requerir a las autoridades provinciales la gestión respecto de la inclusión ante la órbita nacional de nuevas actividades y servicios. Es decir, se abre el juego a las 11 excepciones que definió el equipo de Alberto Fernández.

«En lo que refiere a las actividades que han sido solicitadas pero aún no han sido aprobadas por el Gobierno Nacional, la Provincia está a cargo de las consultas para la inclusión y la aprobación de los protocolos sanitarios correspondientes», aclararon desde Gobernación.

En paralelo, así como de la Decisión Administrativa 524 de la Jefatura de Gabinete de la Nación deja abierta la posibilidad de volver para atrás las excepciones definidas por las provincias, el texto de Kicillof permite a la Provincia a pedirle cambios a los intendentes.

 

Las once actividades exceptuadas:

 

1- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

 

2- Oficinas de rentas de las provincias, de la ciudad autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

 

3- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

 

4- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

 

5- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

 

6- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

 

7- Ópticas, con sistema de turno previo.

 

8- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

 

9- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

 

10- Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo

 

11- Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo,